Cuantía máxima:
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Destinatarios
Personas físicas, mayores de edad, que cumplan los siguientes requisitos:
– Ostenten contrato de alquiler o cesión de uso de vivienda o habitación que constituya su residencia habitual y permanente.
– Tengan unos ingresos (en cómputo anual) entre 0,5 y 3 veces el IPREM (entre 3.954,30 € y 23.725,80 €).
*Si se trata de familias numerosas de categoría general o víctimas de terrorismo se aplica hasta 4 veces IPREM (31.634,40 €).
*Si se trata de familias numerosas de categoría especial o personas con discapacidad a partir del 33% se aplica hasta 5 veces IPREM (39.543 €).
Requisitos
a) Poseer nacionalidad española o tener autorización de estancia o residencia legal en España.
b) Ser el titular de un contrato de alquiler.
c) Los ingresos de todos los que vivan en la vivienda, siendo o no titulares del contrato, deben ser iguales o inferiores a tres veces el IPREM (23.725,80 €).
Que todos los ingresos de la unidad de convivencia, sean igual o inferior al límite máximo de ingresos de la unidad de convivencia y que se determinará en número de veces la cantidad del IPREM. Seguirá las siguientes reglas:
*Si la unidad de convivencia es una sola persona, la cantidad del IPREM se multiplicará por 1,5 (11.862,9€).
*Si la unidad son más de una persona:
La primera persona adulta computa 1,5 veces el IPREM (11.862,9€).
Las siguientes personas solo lo hace 0,5 veces (3.954,3€).
d) NO se concederá la ayuda cuando el que la solicite o los que residan en la vivienda se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
– Ser los propietarios o usufructuarios de la vivienda por la que se solicita la ayuda.
– Que el que solicita la ayuda o alguno de los que viven en la vivienda tenga algún tipo de parentesco en primer o segundo grado con el propietario.
– Que el que solicita la ayuda o alguno de los que viven en la vivienda sea socio/a o partícipe del propietario de la vivienda.
e) Constituir la residencia habitual y permanente de las personas beneficiarias durante todo el periodo subvencionado.
f) Que la renta de alquiler de la vivienda debe ser igual o inferior a las cantidades que ahora expondremos en función al ámbito municipal en la Comunidad de Castilla y León con lo que se calcula el precio máximo de alquiler:
– Ámbito municipal 1B: Alquiler máximo de 550€ para una vivienda y de 200 euros en el caso de una habitación. Esto en ciudades como Valladolid, Burgo o Segovia.
– Ámbito municipal 1C: Alquiler máximo de 500€ para una vivienda y de 175 euros para una habitación de un piso compartido. Para familias numerosas, la renta máxima de alquiler podría subir.
– Ámbitos municipales 2 y 3: Alquiler máximo de 450€ en el caso de vivienda y de 150 euros para habitaciones de un piso compartido.
– Ámbitos municipales 4: Alquiler máximo de 375€ en una vivienda y de 150€ para una habitación.
Para el caso de las familias numerosas, en municipios grandes (ciudades), el umbral de alquiler máximo de la vivienda podría subir a los 800 euros al mes y en zonas rurales hasta los 500 euros mensuales.
Documentación necesaria
a) Copia completa del contrato de arrendamiento o de cesión de uso de la vivienda o habitación que se encuentre vigente a la fecha de la solicitud, que deberá respetar el siguiente contenido mínimo:
1º. Identificación de las partes contratantes.
2º. Localización e identificación de la vivienda o habitación.
3º. Duración del contrato.
4º. Precio del arrendamiento o de cesión de uso de la vivienda, y del garaje y trastero en su caso, o de la habitación.
b) Copia del certificado o volante colectivo de empadronamiento, que deberá acreditar las personas que a la fecha de la solicitud tienen su domicilio habitual y permanente en la vivienda o habitación objeto de la solicitud de ayuda.
c) Documentación acreditativa, mediante justificante bancarios, del pago de la renta arrendaticia o precio de la cesión de vivienda o habitación, correspondientes al periodo subvencionable, que comprende el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, ambos de 2022, salvo que el contrato tuviera una vigencia menor plazo, en cuyo caso se acreditará el pago desde el inicio del contrato
Cuantías
Durante el periodo de un año:
– El 50% de la renta o precio mensual de la vivienda o habitación.
– El 60% si se trata de personas jóvenes hasta 35 años incluidos.
– El 40% si han sido beneficiarios del Bono Alquiler Joven con un máximo del 75% de la renta o precio mensual.
– El 75% de la renta o precio mensual si se trata de jóvenes que alquilan viviendas o habitaciones en 2.227 municipios de Castilla y León (Municipios de ámbito 3º), ubicados en el medio rural, o el 75% si se trata de personas en situación de vulnerabilidad sobrevenida.
El importe máximo de subvención sería el siguiente:
– En supuestos comunes, a 3.300 euros.
– Jóvenes en municipios de ámbitos 1º y 2º, 3.960 euros.
– Jóvenes en municipios de ámbito 3º y beneficiarios del Bono Alquiler Joven, 4.050 euros
– Familias numerosas de categoría general, 4.200 euros.
– Familias numerosas de categoría especial, personas con discapacidad y personas en situación de vulnerabilidad dispondrán de hasta 3.960 euros.
– Familias numerosas de categoría especial y personas con discapacidad, 4.800 euros.
– Personas en situación de vulnerabilidad, 7.200 euros.